El certificado de estado es el mecanismo mediante el cual la Registraduría Nacional, luego de la verificación en las bases de datos del sistema de Identificación, Informa a los ciudadanos sobre el estado de un documento de identidad (cédula) expedido por la Entidad.
jueves, 30 de enero de 2014
jueves, 23 de enero de 2014
Al contratar un Técnico, Auxiliar, Ayudante Electricista, debe de tener en cuenta.
Al lado izquierdo de la página encuentran la lista de TECNICOS
MATRICULADOS (quienes ya la expidieron) y MATRICULA EN TRAMITE;
digitan la cedula del aspirante y descargan el certificado,
REGLAMENTACIÓN
PROFESIONES Y T.P CONTE
LEY 19 DE 1990
INGENIEROS ELECTRICISTAS
Ley 51 de 1986 y ley 842 de 2003.
TECNOLOGOS EN ELECTRICIDAD
Ley 392 de 1997 y Ley 842 de 2003
TECNICOS ELECTRICISTAS
Ley 19 de 1990“Por la cual se reglamenta la profesión de Técnico
Electricista en el territorio nacional’’, Reglamentada por el Decreto 991 de
1991.
Ley 1264 de 2008“Por medio de la cual se adopta el Código de Ética de
los Técnicos Electricistas y se dictan otras disposiciones”.
LEY 19 DE 1990 Y 1264 DE 2008
Artículo 1o. Definición: Entiéndase como técnico electricista a la
persona que se ocupa en el estudio y las aplicaciones de la electricidad y
ejerce a nivel medio o como auxiliar de los Ingenieros electricistas o
similares.
ARTICULO 35. Para ejercer la profesión de técnico electricista en el
territorio nacional, deberá obtenerse la respectiva matricula, estudiada,
tramitada y expedida por el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas CONTE,
mediante el cumplimento de los siguientes requisitos:
lunes, 20 de enero de 2014
Empresas Temporales: ley 50 del 1990 en el art 77
La ley 50 del 1990 en el art 77, No. 3.indica lo siguiente: “Los usuarios de las empresas de servicios temporales sólo podrán contratar con éstas en los siguientes casos: …y en la prestación de servicios, por un término de seis (6) meses prorrogable hasta por seis (6) meses más”.
Por tanto, los contratos laborales de los empleados en misión (Obra a Labor) deben finalizar antes de cumplir el año de servicio.
Ejemplo:se contrató a Andres Carvajal el día 06 de Enero de 2014, se le debe terminar el contrato laboral máximo el día 05 de Eneroe de 2015.
Si se quiere volver a contratar, es necesario que se dé un tiempo entre contratos mínimo de 45 días.
El no hacerlo, implicaría que la figura de la temporalidad se desvirtué y en cualquier acción jurídica habrán consecuencias para la Empresa Temporal y sus usuarias.
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